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Lafarge

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18 junio, 2012El acuerdo contiene los principios fundamentales de los derechos laborales, menciona socios comerciales, subcontratistas y proveedores, y establece un proceso para revisar y poner en práctica el acuerdo en todos los lugares de trabajo de Lafarge.

El Acuerdo con la más destacada multinacional francesa de materiales de construcción, Lafarge, es co-firmado con otra federación sindical mundial, la Internacional de Trabajadores de la Construcción y la Madera (ICM):

El acuerdo obliga a Lafarge a respetar los siguientes principios básicos en todas sus operaciones:

  • La prohibición del trabajo forzoso;
  • La prohibición de la discriminación en el empleo;
  • La prohibición de la mano de obra infantil;
  • La libertad sindical y el derecho de los trabajadores a la negociación colectiva;
  • Salarios justos equiparables al nivel de la legislación nacional o a los convenios colectivos, tal como se aplican en la industria / sector en cuestión;
  • Las jornadas laborales cumplan con la legislación nacional pertinente, y con los acuerdos y las normas nacionales de la industria / del sector;
  • Que exista un ambiente de trabajo sano y seguro de acuerdo con el Convenio 156 de la OIT y las Directrices relativas a los Sistemas de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo de la OIT; y
  • A desarrollar la Formación de Habilidades para todos los trabajadores en cooperación con los sindicatos.