15 junio, 2026Esta política fue aprobada por el Comité Ejecutivo los días 26-27 de abril de 2018 y revisada en junio de 2026.
Prefacio
IndustriALL está en contra de toda forma de corrupción. En IndustriALL no solo aspiramos a cumplir las normas en materia financiera, sino también a actuar de un modo socialmente responsable.
Las normas anticorrupción de IndustriALL son una directriz para todos los empleados y demás personas que actúan en nombre de IndustriALL, incluido el personal de IndustriALL en distintas partes del mundo fuera de la sede central en Ginebra.
Esta directriz enumera los distintos tipos de corrupción con los que IndustriALL puede entrar en contacto en relación con, entre otros, proyectos internacionales y cooperación al desarrollo. También describe las disposiciones básicas y los estándares anticorrupción que deben cumplirse.
El principal objetivo de las directrices es prevenir la corrupción. Sin embargo, es importante señalar que el incumplimiento de las normas anticorrupción de IndustriALL o de las disposiciones pertinentes puede acarrear medidas disciplinarias, entre las que se incluyen la rescisión de contratos, el despido de empleados, la suspensión de la ayuda financiera o la notificación a las autoridades competentes. No obstante, no se adoptará ninguna de estas medidas punitivas contra los miembros del personal sin consultarlo previamente con sus representantes.
1. Introducción
1.1. Corrupción
El objetivo de las normas anticorrupción es sensibilizar y ofrecer orientación a los empleados de IndustriALL y otras personas que actúan en nombre de IndustriALL, así como a sus socios, sobre qué es la corrupción. Los estándares contenidos en las normas anticorrupción de IndustriALL son comparables a los establecidos en las legislaciones nacionales e internacionales en esta materia.
La corrupción puede definirse como dar/ofrecer (corrupción activa) o exigir/recibir/aceptar (corrupción pasiva) un beneficio indebido relacionado con un cargo, una función o un nombramiento.
Para determinar si existe corrupción, primero hay que considerar si hay un “beneficio” y, a continuación, si este es “indebido”. Por lo general, un beneficio tendrá un valor financiero; por ejemplo, dinero, bienes o servicios. No obstante, también puede existir un beneficio sin un valor financiero claro.
Un beneficio se considera “indebido” cuando se obtiene por un acto claramente reprobable. Si algo se entiende como indebido o no, dependerá de la evaluación concreta de cada caso individual. Los elementos relevantes para una evaluación de este tipo incluyen el valor financiero y el tipo de beneficio, la finalidad del beneficio, qué cargo ocupan las partes involucradas y si existe un incumplimiento de los reglamentos internos, contractual, etc.
El beneficio indebido debe estar relacionado con el desempeño del receptor de su cargo, función o nombramiento.
También pueden producirse otro tipo de irregularidades sin que se incurra en corrupción. En resumen, puede resultar difícil decidir si una situación constituye corrupción (incumplimiento intencional de las normas anticorrupción) o falta de competencia (incumplimiento no intencional).
1.2. Enfoque basado en riesgos
IndustriALL es una organización de trabajadores que colabora y trabaja con otras organizaciones mediante procesos en los que participan tanto las autoridades políticas como el sector empresarial e industrial. En este mapa político, pueden surgir desafíos concretos relacionados con la transparencia y la documentación de procesos de toma de decisiones. A fin de prevenir la corrupción de forma eficaz, es necesario que se asignen prioridades a ámbitos, situaciones y cuestiones en relación con el riesgo que representan.
1.3. ¿A quiénes se aplican las normas anticorrupción?
Las normas anticorrupción se aplican a todos los empleados, cargos electos y demás personas que actúen en nombre de IndustriALL. Esto incluye a los cargos electos, a todos los empleados, al personal contratado y a otras personas designadas para representar a IndustriALL en delegaciones, viajes y reuniones. Es responsabilidad de todos los empleados cumplir con las directrices anticorrupción.
2. Casos típicos y riesgos especiales de corrupción
2.1. Corrupción, casos típicos
La corrupción puede ser cometida por los propios empleados de IndustriALL o por terceros que actúen en nombre de IndustriALL (la denominada “corrupción de intermediarios”).
a. El soborno es la forma más habitual de corrupción y consiste en intentar influir en alguien para conseguir algo a lo que no se tiene derecho, concediéndole u ofreciéndole un beneficio indebido en relación con el desempeño de sus funciones.
b. Un tipo de soborno consiste en que un proveedor ofrezca a un comprador una recompensa (lo que suele denominarse “comisión ilícita”) a cambio de que este decida comprarle a él, en lugar de a un competidor, o, tal vez, de que elija una cantidad o calidad diferente a la exigida por el empleador.
c. Favorecer a amigos y familiares puede constituir corrupción cuando alguien, a cambio de un beneficio indebido, obtiene una ventaja (un puesto de trabajo u otra cosa) por motivos subjetivos.
d. Los pagos facilitadores son pagos para promover o garantizar la prestación de servicios a los que ya se tiene derecho. Algunos ejemplos típicos son las solicitudes de funcionarios públicos de cantidades relativamente pequeñas de dinero para permitir la entrada o salida de un viajero de un país, para que una mercancía pase por la aduana o para obtener permiso para iniciar una actividad, como una capacitación, por ejemplo.
e. El tráfico de influencias ocurre cuando una persona le da a alguien (normalmente un intermediario) un beneficio indebido para que influya sobre el desempeño del cargo de un tercero (el que toma la decisión). Puede existir tráfico de influencias ilegal incluso cuando quien toma la decisión no es consciente del beneficio ni del encargo de ejercer presión, e incluso si los intentos por influir no tienen éxito. La presión encubierta puede equivaler al tráfico de influencias.
2.2. Corrupción flagrante
Además de los tratos con funcionarios públicos mencionados anteriormente, existen otros elementos que también son importantes para determinar si la corrupción es flagrante o “simple”. Para ello es significativo si el acto ha supuesto o podría haber supuesto un beneficio financiero importante, si existe riesgo de que se produzca un perjuicio considerable, y si la situación implica además información contable incorrecta.
2.3. Situaciones que aumentan el riesgo de corrupción
a. Los regalos, las actividades de entretenimiento y el pago de gastos (privados) aumentan el riesgo de corrupción, ya que no es adecuado crear o desarrollar una relación entre partes en la que el deseo de cooperar no se base necesariamente en factores o necesidades profesionales.
b. Las donaciones políticas y otros tipos de patrocinio pueden aumentar el riesgo de corrupción, ya que pueden implicar soborno (es decir, la concesión de beneficios indebidos sin una compensación inmediata, aunque el donante suele esperar que dicha compensación se produzca en una fecha posterior).
c. Los procesos de contratación pueden aumentar el riesgo de corrupción, sobre todo en países donde esta es elevada.
d. El manejo de dinero en efectivo y la falta de documentación para justificar los gastos dan lugar a una actividad económica informal y no declarada que coexiste con la economía oficial del proyecto.
e. La contratación pública deberá llevarse a cabo de acuerdo con un acuerdo marco o al mejor precio de mercado posible.
2.4. Acerca de los conflictos de intereses
Los empleados y los cargos electos deberán evitar cualquier conflicto entre sus propios intereses y los de la organización. Esto significa que los empleados y los cargos electos de IndustriALL no deben intentar obtener ventajas que sean inapropiadas o que, de cualquier otra forma, puedan perjudicar los intereses de IndustriALL.
Si surge o se sospecha que existe un conflicto de intereses, cualquier empleado o cargo electo deberá comunicarlo a su superior inmediato sin demora indebida. Cuando ello no sea posible o adecuado, y cuando la preocupación se origine en una región de IndustriALL en la que exista una oficina regional de IndustriALL, las notificaciones deberán dirigirse al secretario/a regional de IndustriALL, con copia al secretario/a general adjunto/a de IndustriALL responsable de la región. En una región sin oficina regional de IndustriALL, las notificaciones deben dirigirse a la dirección global de IndustriALL. Si no es posible informar a través de estos canales debido a un conflicto de intereses, el asunto puede elevarse al presidente/a de IndustriALL.
En relación con decisiones especialmente importantes, deberá documentarse que se han tomado en consideración potenciales conflictos de intereses.
3. Exposición y seguimiento
3.1. Planteamiento de preocupaciones
Si un empleado o un cargo electo sospecha de corrupción, debe plantear su preocupación a través de los canales adecuados para que se pueda dar seguimiento a la situación. Si el empleado tiene dudas sobre la forma correcta de comunicar sus preocupaciones, puede pedir ayuda al director/a financiero de IndustriALL, así como a los secretarios/as regionales de IndustriALL o al secretario/a general de IndustriALL. Si no es posible ponerse en contacto a través de estos canales debido a un conflicto de intereses, el asunto puede elevarse al presidente/a de IndustriALL.
IndustriALL hará todo lo posible para proteger a los informantes de cualquier posible repercusión negativa. IndustriALL aplica una política de tolerancia cero ante cualquier forma de represalia contra los informantes que denuncien un caso de corrupción. Toda denuncia se tratará de forma confidencial, garantizando el anonimato cuando sea necesario.
3.2. Responsabilidad por las normas anticorrupción
Todos los empleados son responsables de cumplir las directrices anticorrupción, y todo dirigente es responsable de garantizar el cumplimiento bajo su esfera de responsabilidad.
La responsabilidad de las actividades de lucha contra la corrupción en IndustriALL recae en el director/a financiero. Las cuestiones de interpretación y las solicitudes de orientación también pueden dirigirse al director/a financiero, quien, en caso necesario, las remitirá a quien corresponda.
3.3. Seguimiento, supervisión
3.3.1. Procedimientos anticorrupción en general
IndustriALL realizará un seguimiento de las manifestaciones de preocupación y de los asuntos que parezcan constituir incidentes indeseados. Estos procedimientos exigen que se dé seguimiento a los casos con el fin de recabar los hechos, tener en cuenta las consideraciones legítimas de las personas implicadas, velar por los intereses pertinentes de IndustriALL y otras partes interesadas, garantizar un avance razonable y llevar a cabo una evaluación y una decisión razonables sobre cómo se dará seguimiento al caso una vez que se hayan presentado los hechos.
Además de animar a las personas a que planteen sus preocupaciones, IndustriALL lleva a cabo auditorías de todos sus proyectos. Como resultado de este seguimiento o de las auditorías, pueden surgir sospechas sobre posibles casos de corrupción. En tales casos, se dará el mismo seguimiento al asunto que si hubiera salido a la luz a través de una notificación o de los canales oficiales.
3.3.2. Violación de las normas anticorrupción
El incumplimiento de la directriz anticorrupción puede acarrear medidas disciplinarias para los empleados de IndustriALL. Las posibles medidas pueden incluir amonestaciones, la pérdida de responsabilidades y del puesto, el despido o la destitución, en función de la gravedad del incumplimiento.
Para aquellas personas que representen a IndustriALL o que, de una u otra forma, actúen en su nombre en el marco de una misión, un proyecto o un viaje oficial, etc., el incumplimiento de las directrices podría dar lugar a otras medidas, como reclamaciones de indemnización económica y consecuencias para la cooperación futura (incluida la rescisión del contrato y el reembolso), así como la “congelación” de la financiación.
En caso de una violación grave o de violaciones repetidas, también se podrán adoptar sanciones contra un afiliado involucrado, siempre que la organización haya incumplido a sabiendas los principios y disposiciones de esta política de una manera que pudiera socavar a IndustriALL y afectar potencialmente a la integridad de la organización.
Cuando exista la sospecha de un incumplimiento involuntario de las normas, también puede ser pertinente realizar una capacitación más exhaustiva.
4. Revisión
La presente política estará sujeta a revisión periódica, según lo consideren necesario los órganos institucionales de IndustriALL.
