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IndustriALL Declaración de Solidaridad

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IndustriALL Global Union: Declaración de solidaridad para enfrentar la violación de derechos fundamentales por parte de las empresas 

IndustriALL es un sindicato mundial que representa a más de 50 millones de trabajadores y trabajadoras de los sectores fabril, minero y energía, en unos 140 países. Nuestro compromiso es defender y promover los derechos de los trabajadores y trabajadoras de todo el mundo, participando en una amplia gama de actividades en pos de este objetivo.

El Plan de Acción de IndustriALL adoptado en su Congreso fundacional, asigna el mandato de:

- Asumir la responsabilidad del respeto de los derechos sindicales y las condiciones de trabajo dignas en todas sus cadenas de suministro;

- Seguir desarrollando en las empresas multinacionales (EMN) una estrategia de redes de intercambio de información, iniciativas conjuntas, plataformas comunes, coordinación de negociación colectiva nacional y movilización en casos de violación de los derechos de los trabajadores por las EMN o sus suministradores;

- Establecer mecanismos de diálogo social regular a nivel mundial y/o regional a fin de hacer posibles relaciones laborales constructivas que conduzcan a negociaciones en el ámbito mundial;

- Desarrollar los procedimientos organizativos necesarios para hacer posible la conclusión de acuerdos más allá de los acuerdos marco globales (AMG) con las EMN.

Una de las áreas clave en que mayormente centramos nuestra atención son las EMN. La IndustriALL Global Union representa a millones de trabajadores/as en miles de EMN. Las empresas multinacionales también mueven alrededor del 70% del comercio mundial, y son, sin duda, fundamentales en la definición y conformación de la economía global en la que vivimos y trabajamos en la actualidad.

En vista de su poder e influencia, es imprescindible que las EMN funcionen respetando y promoviendo los derechos humanos, incluidos los derechos de los trabajadores dondequiera que se hallen, en particular cumpliendo con las normas fundamentales del trabajo, tales como las define la Organización Internacional del Trabajo de las Naciones Unidas (OIT), a saber;

  • El derecho a ejercer libertad sindical y el derecho de sindicación – Convenio 87 de la OIT;
  • Derecho de negociación colectiva – Convenio 98 de la OIT;
  • Compromiso de no recurrir al trabajo forzoso ni obligatorio – Convenios 29 y 105 de la OIT;
  • Compromiso de no aplicar trabajo infantil – Convenios 138 y 182 de la OIT;
  • Compromiso de no ejercer discriminación – Convenios 100 y 111 de la OIT.

Por otra parte, con la adopción de los Principios Rectores de la ONU sobre Empresas y Derechos Humanos, y las referencias a los mismos que figuran en las Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales, hay ahora menor distinción entre las normas fundamentales del trabajo de la OIT y el resto de sus normas, en particular las importantes herramientas relativas a la salud y la seguridad en el trabajo (p.ej., el Convenio 155 de la OIT sobre seguridad y salud de los trabajadores; o el Convenio 176 de la OIT sobre seguridad y salud en las minas, entre otros). IndustriALL Global Union exige que las EMN actúen afirmativamente con el fin de apoyar todas las normas que tengan que ver con los derechos humanos, incluyendo todos los instrumentos y normas de la OIT, y no sólo respecto a las normas fundamentales del trabajo.

Bajo estos nuevos principios y directrices, las multinacionales tienen la responsabilidad de evitar efectos adversos, y, en el desempeño de dicha responsabilidad, deben actuar con la debida diligencia a través de sus cadenas de valor y relaciones comerciales, y dentro de sus esferas de influencia.

Aunque algunas EMN cumplen al poner en práctica estas normas, e incluso han firmado Acuerdos Marco Globales con IndustriALL Global Union para dar credibilidad a sus compromisos, todavía hay empresas que no han seguido esta línea positiva, y que se niegan rotundamente a hacerlo. Más preocupante aún: hay también empresas que, habiendo firmado este tipo de acuerdos, no se atienen a cumplir los compromisos que han contraído. En algunos casos, estas empresas reconocen los sindicatos y se comportan respetuosamente respecto a la mano de obra en los países donde las empresas tienen su sede, pero luego se comportan de una manera antisindical y abusiva con sus trabajadores/as en otros países donde tienen operaciones.

IndustriALL Global Union rechaza totalmente la idea de que existan EMN que primero aceptan un comportamiento adecuado a favor de los trabajadores/as en el país donde tienen su sede, pero luego se niegan a cumplir con las mismas normas en otros lugares. Además, IndustriALL Global Union rechaza totalmente la idea de que empresas signatarias de Acuerdos Marco Globales, que se han comprometido a observar y respetar las normas fundamentales del trabajo, más tarde, cuando les parezca conveniente, no hagan el menor esfuerzo para cumplir con esos compromisos, ya sea con el pretexto de adhesión a la legislación nacional o por cualquier otra razón.

Por este motivo, en cuanto la Secretaría reciba alguna notificación de parte de alguna organización afiliada que señale la existencia de alguna EMN en su país que estuviese violando los derechos humanos, o alguna normativa fundamental del trabajo, IndustriALL Global Union y sus organizaciones afiliadas se comprometen a tomar las siguientes medidas:

- Al recibir notificación de que existe alguna EMN que viola los derechos humanos o que incumpla las normas fundamentales del trabajo, la Secretaría de IndustriALL Global Union contactará con el sindicato del país en el que la multinacional tiene su sede, si es que existe, para resolver el problema;

- En los casos donde corresponda, IndustriALL Global Union tratará de concertar una reunión con la dirección de la multinacional infractora a fin de instarla a resolver el problema. IndustriALL Global Union informará e incluirá a el/los sindicato/s afectado/s correspondientes, el/los sindicato/s que representa/n a los trabajadores/as en el país donde tiene su sede la EMN en cuestión, y otras organizaciones afiliadas pertinentes;

- Si la EMN no estuviera de acuerdo en tomar medidas inmediatas para corregir el problema, IndustriALL Global Union notificará a todos los afiliados y coordinará una serie de acciones para presionar a la EMN con el fin de obligarla a modificar su política. Estas medidas pueden incluir:

Una reunión de los afiliados con los sindicalistas afiliados que trabajan para la empresa en cuestión, a fin de elaborar un panorama detallado de la situación;

  • Hacer publicidad con el fin de informar, lo más ampliamente posible, sobre las infracciones de los derechos de los trabajadores - tanto en el país donde la EMN infractora tiene su sede, como en los países en los que esa EMN opera;
  • Analizar la posibilidad de realizar huelgas y manifestaciones en apoyo a los trabajadores/as afectados y a su sindicato;
  • Tomar medidas legales correspondientes ante los órganos de la OIT, la OCDE, las instituciones regionales de derechos humanos y los foros establecidos en los acuerdos comerciales.
  • Elaborar una estrategia detallada de presión diseñada para corregir la situación.

En todo momento, los sindicatos afiliados tratarán de asegurar que los sindicalistas activistas y sus representantes participen plenamente y que hagan suyos los planes de acción que se elaboren. Aquellas estrategias que centren sus actividades en los sindicalistas y sus representantes serán mucho más eficaces para lograr los resultados deseados.