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La IndustriALL condena simulacros de juicios de activistas sindicales en Kazajstán

3 agosto, 2017La IndustriALL se dirigió al presidente de Kazajstán para pedirle que influya en la situación y se revise la injustificada sentencia judicial de Larisa Kharkova, Nurbek Kushakbayev y Amin Yeleusinov.

Los tres líderes fueron juzgados a causa de las protestas de los trabajadores del petróleo en huelga de la Oil Construction Company (OCC) de Kazajstán. Los trabajadores luchaban contra el cierre de su central sindical independiente la Confederación de Sindicatos Independientes (KNPRK) a comienzos de este año.

La sentencia más reciente es la de Larisa Kharkova, ex presidenta de la Confederación de Sindicatos Independientes (KNPRK). El 25 de julio, Kharkova fue condenada, con acusaciones falsas, a cuatro años de restricción de su libertad de movimientos, a 100 horas de trabajos forzosos y la prohibición durante cinco años de ocupar un cargo en una organización pública o no gubernamental.

A Larisa Kharkova se le ha prohibido cambiar de lugar de residencia y de lugar de trabajo. La líder sindical no puede visitar determinados lugares ni se le permite salir de su ciudad de residencia sin autorización.

En su carta enviada al presidente de Kazajstán, el secretario general de la IndustriALL, Valter Sanches, dice: “Consideramos que la sentencia de Larisa Kharkova, así como las sentencias anteriores de Nurbek Kushakbayev, vicepresidente de la KNPRK, a dos años y medio de prisión, y de Amin Yeleusinov a dos años de prisión, se han dictado en simulacros de juicios, que violan flagrantemente los derechos humanos y los derechos sindicales en Kazajstán.”

El injustificado castigo de Kushakbayev y Yeleusinov y la persecución de Kharkova indujeron a la Confederación Sindical Internacional a presentar una queja formal a la OIT por la violación de los derechos sindicales en Kazajstán. La IndustriALL también se unió a la queja.

En su carta, Sanches recordó asimismo las obligaciones internacionales que Kazakstán se ha comprometido a cumplir, en particular el Convenio núm. 87 sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación de la Organización Internacional del Trabajo.

En la reciente Conferencia  Internacional del Trabajo de la OIT, celebrada en Suiza, en junio de 2017, se analizó el caso de Kazajstán debido a violaciones del citado Convenio de la OIT.

Sobre la base del escrutinio, la Conferencia Internacional del Trabajo emitió una serie de conclusiones, e instó al Gobierno de Kazajstán a:

  • “Modificar las disposiciones de la Ley sobre los sindicatos de 2014 para ponerla en conformidad con el Convenio, incluidas las cuestiones relativas a las excesivas limitaciones a la estructura organizativa de los sindicatos que limitan el derecho de los trabajadores a constituir los sindicatos que estimen convenientes y a afiliarse a los mismos” y
  • “Tomar todas las medidas necesarias para asegurar que la KNPRK [conocida también como CNTUK] y sus afiliados puedan ejercer plenamente sus derechos sindicales y se le conceda la autonomía y la independencia que necesita para cumplir su mandato y representar a sus electores.”

Al final de su carta, Sanches dice: “Es responsabilidad de su administración restablecer la justicia en Kazajstán mediante la revisión de las sentencias judiciales de los mencionados líderes de la KNPRK, abandonando todos los cargos contra ellos, y cooperando  clara y honestamente con la OIT y otras instituciones pertinentes para aplicar las recomendaciones de la OIT.”

Valter Sanches agrega: “Si el Gobierno de Kazajstán no aborda debidamente estas violaciones de los derechos laborales fundamentales nos obligaría a remitir este cuestión a otras organizaciones internacionales, incluida la Unión Europea, lo que pondría seriamente en duda la cooperación de la UE con su país.”